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La Audiencia de Sevilla planta cara al Constitucional en su maniobra para impedir que lleve el caso ERE a la Justicia europea

Pregunta al órgano que preside Cándido Conde-Pumpido «la razón de ser» de que le reclame su resolución para recurrir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Conde-Pumpido pasa de abstenerse como juez del Supremo en el caso ERE a intentar ganar el relato en favor de los condenados

Pumpido 'amenaza' al tribunal de los ERE con medidas del 'procés'

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, durante la atención a los medios de comunicación ep
Antonio R. Vega

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla planta cara al Tribunal Constitucional (TC) ante la maniobra de su presidente, Cándido Conde-Pumpido, para impedir que ese órgano judicial pueda recurrir a la Justicia europea las sentencias del TC en el caso ERE porque cree que vulneran el Derecho comunitario.

En una diligencia de ordenación dictada este martes 25 de marzo, a la que ha accedido ABC, la Audiencia de Sevilla da cuenta del oficio que le ha remitido el Constitucional y le insta a que «justifique la finalidad o razón de ser de tal solicitud». Alude así a la petición que realizó el órgano de garantías para que le remitiera la providencia en la que sondea a las partes (Fiscalía Anticorrupción, acusaciones y defensas de los acusados) para elevar una consulta o cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

El tribunal andaluz preguntó a las partes del proceso por las posibles vías para no aplicar las diez sentencias dictadas por el TC dando parcialmente la razón a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, entre otros ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía que fueron condenados en firme por el fraude de las ayudas.

Contra dicha diligencia de ordenación que firma la letrada de la Administración de Justicia (anteriormente secretaria general) de la Sección Primera de la Audiencia cabe interponer un recurso de reposición.

El conflicto gira en torno a la polémica decisión del TC de anular parcialmente las condenas por malversación y prevaricación que impusieron la Audiencia de Sevilla y el Tribunal Supremo a los antiguos responsables políticos con los votos a favor de los siete magistrados elegidos a propuesta del PSOE y los cuatro votos en contra de los jueces del ala conservadora, que ya advirtieron de que las sentencias del caso ERE podrían vulnerar el Derecho europeo. Desactivando las sentencias que dictaron los jueces y tribunales, la mayoría progresista que controla el Constitucional borró delitos de prevaricación y malversación por el reparto de manera arbitraria de casi 680 millones de euros de la Junta de Andalucía entre los años 2000 y 2009.

El órgano de garantías se ha tomado como un acto de rebeldía la decisión de la Audiencia de Sevilla de dirigirse a la Justicia europea para desoír las sentencias que diluyeron la pieza política del caso de los ERE y dieron lugar a la rehabilitación política de los expresidentes condenados. Argumenta, entre otros motivos, que el Constitucional «se ha extralimitado en la función de control que le corresponde invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales al revisar (…) la valoración probatoria y el juicio de subsunción realizado por la Audiencia y el Tribunal Supremo».

Los magistrados progresistas, en contra de la Audiencia

Ante lo que considera un acto de desobediencia sin precedentes en España, aunque hay jurisprudencia de la Justicia europea en casos parecidos en otros países, el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, forzó el pasado martes un debate en el Pleno del TC en el que el sector progresista encabezado por él se posicionó en contra de la iniciativa de la Audiencia de Sevilla, y trata de impedir que los magistrados de Sevilla recurran a la Justicia europea.

Aunque inicialmente el presidente del TC barajó encargar un informe a un grupo de letrados del Constitucional para contradecir al tribunal hispalense, como se ha hecho en el caso de los recursos contra la ley de amnistía que favorece a los independentistas, finalmente se acordó analizar la providencia que dictó la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla para elevar una cuestión prejudicial al tribunal con sede en Luxemburgo.

Apela a una medida contra el 'procés' de Cataluña

Desde el TC apelan al artículo 92 de la Ley Orgánica que lo regula y que habilita al propio órgano de garantías para el cumplimiento de sus sentencias y le otorga para ello «amplias facultades». Se da la circunstancia de que este precepto al que alude es fruto de una reforma introducida por el Gobierno de Mariano Rajoy en 2015 como respuesta a la consulta ilegal del 9-N de 2014, celebrada bajo el mandato de Artur Mas con fondos públicos. Este precepto al que se agarra ahora el TC para desactivar la revisión de sus sentencias por la Justicia europea tenía como objetivo brindar armas al TC para contrarrestar el desafío independentista ante el incumplimiento sistemático de sus decisiones, lo que nada tiene que ver con la iniciativa del tribunal andaluz.

Dicho artículo estipula que el Constitucional «velará por el cumplimiento efectivo de sus resoluciones, podrá disponer en la sentencia o en la resolución o en actos posteriores quién ha de ejecutarla, las medidas de ejecución necesarias y, en su caso, resolver las incidencias de la ejecución». Podrá también «declarar la nulidad de cualesquiera resoluciones que contravengan las dictadas en el ejercicio de su jurisdicción, con ocasión de la ejecución de éstas, previa audiencia del Ministerio Fiscal y del órgano que las dictó».

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