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Aviso a los granjeros: esta es la multa que te pueden poner por tener gallinas en casa para el autoconsumo de huevos

La ley exige una serie de obligaciones para los propietarios, aunque el destino de los productos no sea la venta

El precio de los huevos sube un 25% en quince días, según la OCU

Esta es la multa que te pueden poner si no cumples este requisito por tener gallinas en casa PIXABAY

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El 2025 ha comenzado también con una 'crisis' relacionada con los huevos. En Estados Unidos, la gripe aviar ha disparado los precios y ha obligado a Trump a pedir a los países europeos que exporten más a su país.

En algunos países europeos los precios han aumentado. En España, la OCU advirtió la semana pasada de que el precio de los huevos ha aumentado 25,2% en las últimas dos semanas en los supermercados, según los datos recogidos por la entidad.

Según la OCU este incremento podría deberse a «un movimiento especulativo por las dificultades que atraviesa el mercado en EE.UU.». Sin embargo, nuestro país no es uno de los principales exportadores de este producto a Estados Unidos.

Sea como fuere, el incremento en la cesta de la compra se ha notado en los últimos años en España, lo que ha llevado también a muchos consumidores a buscar la manera de abaratar gastos. Bien evitando los intermediarios o directamente produciendo sus propios productos como hortalizas, verduras o frutas en parcelas de particulares que se encuentran en el campo.

Otro de los productos susceptibles de ser autoconsumido son los huevos con la presencia de gallinas ponedoras. Pero no todo vale en este sentido y no cualquiera puede poseer estos animales y consumir sus huevos sin respetar los oportunos controles.

Mantener los gallineros, por pequeños que sean, es también un reto y la ausencia de control puede originar peligros para la salud. Es por ello que existe un Real Decreto por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas que regula también las obligaciones para los propietarios de gallinas aunque sus huevos vayan destinados al autoconsumo.

Los titulares de explotaciones de autoconsumo de huevos deben registrarse

Los propietarios de estos animales deben tenerlos registrados según la ley. El no hacerlo puede conllevar sanciones y multas, como también queda establecido en el texto.

El artículo seis establece en primer lugar que este tipo de explotaciones para autoconsumo «deberán identificar a un veterinario de referencia al que poder recurrir en caso de aparición de problemas sanitarios concretos». Asimismo, en el artículo 16 señala que «estarán obligadas a efectuar una comunicación previa para que se incluyan en el Registro general de explotaciones ganaderas».

La ley define estas explotaciones de autoconsumo como aquellas que «que tenga como máximo 0,15 Unidades de Ganado Mayor de aves de corral de capacidad máxima y que, en ningún caso, comercialice los animales, ni su carne, ni los huevos, ni otras producciones, siendo consideradas en caso de comercializarlos como explotaciones reducidas».

La multa por no tener registro de las gallinas

Este texto establece distintas sanciones de acuerdo con diversas leyes: la Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal; la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales, en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, y en el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

Según esos textos, las infracciones pueden oscilar entre los 600 y los 3.000 euros. Según la ley de sanidad animal, una sanción por una infracción leve «se aplicará una multa de 600 a 3.000 euros o apercibimiento», en el caso del decreto para el cuidado de los animales una sanción leve tendrá un máximo de multa de 600 euros, misma cantidad del último texto.

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