La Fiscalía replica al principal condenado del crimen de Samuel Luiz que sí lo mató por ser gay
Responde a los recursos de los cuatro implicados que fue un ataque «conjunto», «unitario» y «salvaje»
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La sentencia por el crimen de Samuel Luiz, al que una manada de individuos segó la vida de forma salvaje la madrugada del 3 de julio de 2021, fue muy contundente. Condenó, tras un veredicto de culpabilidad, a cuatro de los cinco acusados a ... penas de 10 a 24 años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía. Las defensas de los condenados han recurrido en apelación para tratar de aligerar sus penas.
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) celebrará próximamente una vista, todavía sin fecha fijada, para resolverlos. Pero la fiscal ya ha mostrado su posición en contra de las intenciones de las defensas. En cuatro escritos de impugnación, uno por cada condenado, a los que ha tenido acceso ABC, la Fiscalía ve «claramente acreditada» la implicación de los cuatro en el crimen de Samuel Luiz.
Los cuatro escritos de la fiscal Olga Serrano, con una veintena de páginas cada uno, rebaten los diferentes argumentos que las defensas esgrimen para intentar librar a sus clientes de varios lustros entre rejas. Algunas respuestas son comunes a los cuatro investigados y en otras se individualizan sus conductas. Entre las primeras, por ejemplo, la réplica de la fiscal a los abogados que ponen en cuestión la intención de matar de los acusados o deslizan que Samuel Luiz, que aquella noche había salido con una amiga sin meterse con nadie, sí había tenido alguna opción de defenderse.
Antes de detallar la postura de la Fiscalía ante los argumentos de las defensas, conviene resumir en unas líneas los hechos que el jurado dio por probados sobre aquella noche: en el paseo marítimo próximo a Riazor, a la salida de un pub, Diego Montaña atacó a Samuel Luiz, que estaba allí con una amiga. Fueron sumándose, con diferentes formas de participación, Alejandro Freire 'Llumba', Kaio Amaral Silva, Alejandro Míguez y otros dos jóvenes que eran menores entonces y fueron condenados en un proceso al margen. «Fue una acción conjunta y unitaria, calificada de 'salvajada' por los testigos allí presentes«, recuerda la fiscal. La víctima, de 24 años, no pudo recuperarse y murió horas después. En definitiva, la fiscal no tiene dudas sobre la intención de matar de los cuatro condenados a un joven enfermero al que no conocían de nada.
La fiscal responde también a las defensas que la sentencia que condenó a sus clientes está «perfectamente motivada« después de que el tribunal del jurado dictara un veredicto »extenso y complejo«. Y rebate, por ejemplo, los argumentos de los abogados de los cuatro acusados que cuestionaban la agravante de alevosía, que es lo que jurídicamente provoca el salto de un delito de homicidio a uno de asesinato.
Testimonios «abrumadores»
La alevosía concurre cuando los asesinos aniquilan cualquier posibilidad de defensa de la víctima, mientras que lo que se conoce como abuso de superioridad simplemente las disminuiría. Y la fiscal ve evidente que, en este caso, «la alevosía concurre de manera palpable y sin ningún género de dudas», y que «es claro y meridiano que las posibilidades de defensa de Samuel estaban totalmente anuladas». Para argumentarlo, recupera declaraciones de varios testigos. Como los «abrumadores» testimonios de dos chicos senegaleses que intentaron evitar que la manada linchara a Samuel Luiz.
La fiscal contesta de manera individualizada a las alegaciones esgrimidas por los abogados de los cuatro condenados en sus respectivos recursos. El principal acusado, Diego Montaña, fue condenado a 24 años de cárcel porque al delito de asesinato con alevosía, en su caso, se le añade el agravante de discriminación sexual. Y esta es una de las cuestiones que, precisamente, su abogado trata de rebatir en su recurso contra la sentencia.
Pero la fiscal critica que la defensa de Montaña «pretende enredar» con una interpretación alternativa de los hechos que dio por probados el jurado. Es cierto que lo que sucedió vino precedido de un malentendido: Montaña pensó que Samuel le estaba grabando con el móvil, cuando en realidad hacía una videollamada con una amiga que esa noche no había salido. Pero eso no fue, concluyó el jurado, el detonante de la agresión, pues la víctima ya le había explicado que no le estaba grabando.
La fiscal acusa al abogado de Montaña de hacer una interpretación «totalmente sesgada» de los hechos. El motivo de la agresión fue la animadversión de Montaña hacia la orientación sexual que atribuyó a la víctima. «Fue por la apariencia física y el tono de voz de Samuel», dice la fiscal, por lo que «interpretó que era homosexual y por eso le atacó». Es decir, lo mató al pensar que era homosexual.
Serrano recuerda que, inmediatamente antes de atacar a Samuel, Montaña le gritó «a ver si te voy a matar, maricón». Pero también pone sobre la mesa que el jurado, para el agravante, tuvo en cuenta otras expresiones posteriores de Montaña. Repitió varias veces, por ejemplo, que Samuel era «un maricón de mierda», y algún testigo le oyó decir que «se lo merecía por maricón», o que «era un puto maricón».
En cuanto a Llumba, condenado a 20 años de prisión, fue el primero de los amigos de Montaña en sumarse a la agresión, derribado a Samuel cogiéndolo por detrás por el cuello. Su participación en el crimen, según la fiscal, es «clara y meridiana», porque tras tirarlo al suelo siguió persiguiéndolo y golpeándolo. Todo ello pese a que la defensa, en su recurso, pretende situar a su cliente «en la zona de la agresión sin realizar acto alguno».
Otro de los que se sumó a la agresión fue Kaio Amaral Silva, condenado también a 20 años de prisión porque al delito de asesinato con alevosía, en su caso, se le suma el robo con violencia del móvil de Samuel. Su defensa cuestiona tanto la «fiabilidad» de las imágenes como la «credibilidad» de un testigo. Concretamente, uno que vio a Kaio Amaral correr hacia el punto de la agresión y «cargar» una patada contra Samuel, pero sin ver donde acabó ese golpe. La fiscal cree, como el jurado, que tuvo que «impactar necesariamente» en Samuel porque, de lo contrario, Kaio se habría desequilibrado y caído. Pero no se le condena sólo por esa patada, sino porque en todo momento Kaio «se mantuvo en el grupo agresor, evitando la huida y la defensa» de la víctima.
El cuarto implicado, Alejandro Míguez, fue condenado a diez años de cárcel, pero no como autor sino como cómplice del crimen de sus amigos. Su abogado, en el recurso, intenta comparar su papel con el de Catherine Silva, la entonces novia de Montaña, que fue absuelta en el juicio. Pero la fiscal le responde que Catherine, según la sentencia, y a diferencia de Míguez, ni permaneció en el grupo que rodeaba a Samuel, ni le persiguió, ni impidió que alguien pudiera socorrerle.
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