Catorce años de prisión para un profesor de Medina del Campo en su segunda condena por delitos sexuales sobre sus alumnos
La Audiencia de Valladolid le atribuye un delito de agresión sexual y no acepta la tesis de la extorsión que el acusado alegó en el juicio
El profesor de Medina del Campo condenado por abusar de un menor se enfrenta a 23 años de cárcel por agresión sexual a otro alumno

La Audiencia de Valladolid ha impuesto catorce años de cárcel al profesor del Colegio San Juan de la Cruz de los Carmelitas Descalzos de Medina del Campo (Valladolid) por agresión sexual a un alumno menor de edad en la que es su segunda condena por hechos similares sobre estudiantes del citado centro.
En su sentencia respecto de la presente causa, la Sección Cuarta de lo Penal de la Audiencia Provincial le absuelve del delito de elaboración de pornografía infantil pero, en cambio, considera probada la autoría del delito de agresión sexual y, junto a la citada pena privativa de libertad, acuerda su inhabilitación especial por espacio de veinte años para profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad y la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia inferior a 500 metros o comunicar con ella, por cualquier medio, durante 18 años, informa Ep.
El fallo incluye la medida de libertad vigilada por tiempo de diez años y la obligación de participar en un programa de educación sexual. Además, el condenado indemnizará al menor en la cantidad de 12.000 euros por daños morales, con responsabilidad civil subsidiaria del Colegio San Juan de la Cruz de los Carmelitas Descalzos de Medina del Campo.
El docente, durante el juicio celebrado a puerta cerrada, se declaró inocente y víctima de una extorsión por parte del alumno, de 14 años, quien dijo que le habría amenazado con incriminarle si no retiraba contra él una denuncia por el robo de joyas en su apartamento que fueron localizadas por la policía en una casa de empeños y por lo que fue condenado a seis meses de prisión por el hurto.
Frente a ello, la víctima de la agresión mantuvo el relato de los hechos según el cual el profesor, valiéndose de su condición de cuidador, buscó un acercamiento personal y le invitaba a su apartamento, que se ubicaba en dependencias del colegio en el que él permaneció tres años en régimen de internado. En una de esas ocasiones en 2014 y tras consumir bebidas alcohólicas, el menor ratificó que el procesado le invitó a desnudarse y tras acceder éste le realizó varias fotografías con su teléfono móvil.
En posteriores visitas, el profesor sugirió al menor que se hicieran masajes y más adelante se pasó a una masturbación mutua y la penetración del acusado al menor. Las relaciones sexuales descritas eran aceptadas por el alumno por el temor que le producía la posible difusión de sus fotos desnudo que el procesado tenía en su poder, pues, en varias ocasiones si se negaba a acudir al apartamento, el ahora condenado le había amenazado con tal posibilidad, miedo al que se unía el respeto que sentía por el procesado en su condición de cuidador del seminario y profesor del centro escolar.
Esta sentencia condenatoria se suma a la de un segundo caso. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León fijó en trece años de prisión la pena impuesta para este mismo profesor por abusar de otro alumno de 10 años cuando fue tutor de la víctima en el curso 2010/2020, alumno de 5º de Primaria, a quien conocía de cursos anteriores al ser el director del coro infantil de dicho centro escolar. Se le consideró autor de delitos de 'child grooming'-engaño a menores para ganarse su confianza y poder abusar de ellos u obtener material pornográfico- junto con los abusos continuados y realización de pornografía infantil.
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