Una enmienda del PSOE veta como rectores a los profesores catalanes
Introducen en la ley de Universidades un cambio para dejar fuera de forma temporal a los laborales, figura mayoritaria de los campus de Cataluña
El PP quiere frenar 'in extremis' la ley de Universidades para garantizar la neutralidad institucional

La aprobación de la ley de Universidades (LOSU) está cada vez más cerca. La semana que viene se vota en el Senado y, de no haber cambios, ya se convertiría definitivamente en ley. Eso, si no incorpora enmiendas en cuyo caso tendría que volver ... al Congreso. Este periódico adelantó este fin de semana el contenido de las mismas entre las que destacan, por número, las presentadas por el PP en una búsqueda desesperada por frenar la norma y las intenciones que tiene de acabar con la neutralidad de los campus. El PSOE, por su parte, también presentó unas pocas.
De ellas, llama la atención la que se refiere a los candidatos a rector. ¿Y por qué? Porque 'rompe' con lo pactado con sus socios independentistas. La enmienda, a la que ha accedido ABC, es un nuevo apartado de una disposición transitoria que dice que a los candidatos a rector «se les exigirá como mínimo estar en posesión de tres sexenios de investigación, tres quinquenios docentes y cuatro años de experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal».
Esta exigencia será, eso sí, solo por un tiempo, es decir, «hasta que se produzca la adaptación de los estatutos a lo establecido en el artículo 51.1 [sobre la elección de rector] y se determinen por la universidad los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria que deberán reunir los candidatos o candidatas a rector o rectora».
'Expulsión' temporal
El texto propuesto por el PSOE para su aprobación en el Senado dista mucho del que salió del Congreso. Este no especifica ningún número de sexenios, quinquenios ni años de experiencia en gestión a los candidatos permitiendo, de esta forma, que entre ellos puedan estar los profesores laborales, es decir, la figura mayoritaria en Cataluña. ¿Y ahora qué ocurre con el cambio? Que los laborales no tienen sexenios, al menos, hasta que obtienen la condición de funcionarios de carrera. Al pedírselos, la enmienda los deja fuera, aunque de forma temporal, es decir, hasta que se aprueben los estatutos. Dicho de otra forma, tal y como está redactada la enmienda del PSOE, no se permite que el profesorado laboral catalán acceda a la condición de rector hasta que no se hayan aprobado los estatutos de las universidades catalanas, ya que los sexenios de los que habla la enmienda son los que concede la agencia estatal, la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad (Aneca) y no la agencia catalana. Preguntado por esta cuestión, el senador de ERC, Josep Renui, señaló que este tesis podría ser posible: «Podría ser así, pero hasta que no se aprueben los estatutos. De hecho, ahora solo hay la potencial elección de rector a la Universidad Pompeu Fabra (UPF), porque al resto están a medio mandato y en principio tendrán los estatutos adaptados antes de que acabe el mandato», apuntó el senador en respuesta a este periódico.
El texto de la LOSU no suponía ninguna traba para los profesores catalanes cuando salió del Congreso ya que dice lo siguiente: «Los candidatos deberán ser personal docente e investigador permanente doctor a tiempo completo y reunir los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria que determinen los estatutos. En todo caso, dichos méritos deberán garantizar una alta capacidad investigadora, una acreditada trayectoria docente así como una suficiente experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal».
Cambios en la norma
Pero, ¿qué es un sexenio y quién los otorga? Es el reconocimiento de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser consecutivos o no. Para los contratados laborales, aunque las solicitudes son evaluadas por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), la resolución la dicta el rector de la propia universidad. Para los funcionarios, el tramo lo otorga directamente la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (Aneca), previa evaluación de la CNEAI, tal y como explica el sindicato CSIF.
Quién podía ser rector y quién no ha ido cambiando mucho durante la redacción y posterior tramitación parlamentaria de la ley de Universidades. Con el exministro, Manuel Castells, ya saltaron las alarmas de la comunidad educativa cuando la ley permitía, por primera vez, que accedieran al puesto de rector no solo los catedráticos sino también los profesores titulares.
Pero fue cuando llegó Subirats que se abrió la puerta a los laborales con la siguiente redacción: «Los candidatos o candidatas deberán ser funcionarios o funcionarias, doctores o doctoras, de los cuerpos docentes universitarios, y reunir los méritos de investigación, docencia y experiencia de gestión universitaria en algún cargo unipersonal que determinen los estatutos».
Profesores asociados
Además, también fue Subirats el que quitó las condiciones específicas que debían cumplir los candidatos y ya no pedía un número determinado de sexenios, quinquenios ni años de gestión. Ahora el PSOE quiere volver a ponerlo aunque, como ya se ha señalado, de forma temporal porque será cada universidad la que tenga la última palabra en este sentido. Aparte de esta enmienda, otra que llama la atención es la presentada por el PP sobre los profesores asociados. Subirats anunció como una de sus medidas estrellas que haría indefinidos a 25.000 profesores asociados. Estos, tal como se desgrana en la norma, no viven (en teoría) de los ingresos que tienen en la universidad, es decir, tienen otras profesiones. Entran en esta modalidad aquellos «especialistas y profesionales de reconocida competencia que acrediten ejercer su actividad principal fuera del ámbito académico universitario cuando existan necesidades docentes específicas relacionadas con su ámbito profesional». Estos profesores no están contratados para investigar ni para hacer gestión, solo dan clases y, en la gran mayoría de los casos, no tienen tesis doctoral .
Ahora serán indefinidos con dedicación a tiempo parcial. El PP presentó en el Senado un cambio para que el contrato de estos profesores sí tenga una duración determinada (un año y hasta un máximo de tres) «y conlleverá una dedicación a tiempo parcial, sin que su convocatoria esté sujeta a la tasas de reposición de efectivos». Tal como defendió la diputada del PP, María Jesús Moro, «la ley dice hace indefinidos a los asociados, pero el problema es que estos no son los precarios, sino que son magistrados, arquitectos, ingenieros y médicos que ocupan esas plazas y tienen un empleo», opina. «El problema con la precarización la tienen los falsos asociados (es decir, los que no tienen una actividad fuera del campus) y ahí la ley falla».
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