La Fiscalía «desaconseja» llevar a Pumpido a la Justicia europea por el caso ERE, «siguiendo las instrucciones» de García Ortiz
Los fiscales Anticorrupción en Sevilla, favorables a la iniciativa de la Audiencia de Sevilla para elevar una cuestión prejudicial, se limitan a reproducir «las instrucciones recibidas» por parte de la Fiscalía General del Estado

La Fiscalía Anticorrupción ha salido al rescate del presidente del Tribunal Constitucional (TC), Cándido Conde-Pumpido y, a través de su Delegación en Sevilla, ha rechazado que la Audiencia Provincial de Sevilla recurra ante la Justicia europea el borrado sustancial de delitos de dicho ... órgano de garantías en el caso de corrupción de los ERE de Andalucía.
En un escrito registrado el martes 1 de abril ante la Sección Primera de la Audiencia hispalense, ante la iniciativa de elevar una cuestión prejudicial al tribunal con sede en Luxemburgo los dos fiscales Anticorrupción en Sevilla que han llevado el peso de las acusaciones en la instrucción y el juicio de la pieza política del caso ERE aclaran, a modo de introducción, que hacen las alegaciones «siguiendo las instrucciones recibidas a tal efecto» por la Fiscalía del Tribunal Supremo, bajo el mando de la teniente fiscal Ángeles Sánchez Conde, mano derecha el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.
Hecha esta salvedad, el escrito es un corta y pega de los argumentos expuestos por el fiscal de la Sala de lo Penal del Supremo José Javier Huete, que son reproducidos entre comillas por los fiscales Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández. Así, exponen que el Constitucional «no ha optado por una interpretación alternativa» de los delitos de prevaricación y la malversación en el caso ERE por los que fueron condenados, entre otros, los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Añaden que diversas razones jurídicas «desaconsejan» plantear una cuestión prejudicial sobre el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Desde la Fiscalía General del Estado (FGE) apelaron a una norma interna, la instrucción número 1/2016, que determina que en las cuestiones prejudiciales corresponde a los fiscales de Sala del Supremo fijar la posición institucional. Por tanto, a los representantes del Ministerio Público no les ha quedado más remedio que trasladar esta posición, que difiere de la suya propia, plasmada en otro informe interno remitido a la FGE, pero han tenido que asumir bajo amenaza de incurrir en desacato con sus jefes.
El escrito de alegaciones de Anticorrupción refleja la respuesta oficial del Ministerio Público, que no coincide con el criterio inicial de los fiscales de Sevilla, a la propuesta de la Audiencia Provincial de Sevilla para que la Justicia europea revise las diez sentencias del TC que anulan parcialmente las penas a distintos ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía. El tribunal de los ERE cree que dichas resoluciones pueden ser incompatibles con el Derecho comunitario y vulnerar las normas europeas para luchar contra el fraude y la corrupción.
Las alegaciones de la Fiscalía no son vinculantes
Las alegaciones de la Fiscalía no son vinculantes, por lo que la Audiencia de Sevilla podría seguir adelante con su iniciativa de hacer una consulta al TJUE, aunque Cándido Conde-Pumpido no se lo va a poner fácil. El Pleno del TC, controlado por el sector de magistrados progresistas, abordará un «debate jurídico» sobre la cuestión prejudicial planteada por el tribunal de Sevilla en un pleno que celebrará el 8 de abril. En una reunión anterior del Pleno, Conde-Pumpido amenazó con aplicar a los magistrados de la Audiencia un precepto que le otorga «amplias facultades» para hacer cumplir sus sentencias y que fue introducido a través de una reforma legal en el año 2015 para responder a la consulta ilegal del 9-N de 2014 en Cataluña.
Frente a las dudas suscitadas por los magistrados de Sevilla sobre el papel desarrollado por el órgano de garantías que preside Cándido Conde-Pumpido, el escrito de la Fiscalía concluye que éstas «pueden ser resueltas por el propio tribunal» y «con arreglo a las normas de derecho interno sin apreciar incompatibilidad con la normativa comunitaria».
Los magistrados que dictaron la sentencia de la pieza política del caso ERE en Sevilla habían dado un plazo de diez días a las partes del proceso (Fiscalía, acusaciones y defensas) para que expresaran su opinión acerca de si propuesta de elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para no aplicar las diez sentencias del TC favorables a los ex altos cargos socialistas del Gobierno. Argumentaban, entre otros motivos, que el TC se extralimitó en su función de control invadiendo ámbitos reservados a los jueces y tribunales ordinarios.
La Audiencia cree que el TC vulnera el Derecho europea
Siguiendo instrucciones de sus superiores, la Fiscalía Anticorrupción esgrime en su escrito que «conforme a la jurisprudencia del TJUE, cuando el tribunal nacional entienda aplicable a un caso una norma interna que considera contraria al ordenamiento europeo, o una norma europea de la que no conste interpretación y que podría suscitar dudas de compatibilidad con otras normas internas, debe presentar la cuestión, siempre que sus dudas no pueda resolverlas por sí mismo». Pero «en el caso presente, tales dudas, a tenor del propio criterio sentado por el Tribunal Supremo, pueden ser resueltas por el propio tribunal».
«Teniendo en cuenta el contenido de las cuestiones planteadas en la referida providencia, la duda expresada por el órgano jurisdiccional puede ser resuelta con arreglo a las normas del derecho interno sin apreciar incompatibilidad con la normativa comunitaria», detalla el escrito. Además, esgrimen «otras razones jurídicas que desaconsejan el planteamiento de la cuestión prejudicial».
Los magistrados progresistas, mayoritarios en el Pleno del Tribunal Constitucional, anularon las sentencias de la Audiencia y el Supremo al considerar que los jueces quebrantaron los derechos a la legalidad penal y a la presunción de inocencia de ex altos cargos socialistas en sus condenas por el reparto sin ningún control ni transparencia de ayudas por un montante cercano a los 680 millones de euros entre los años 2000 y 2009.
El Ministerio Público sostiene que «el Tribunal Constitucional se encuentra perfectamente facultado para controlar si la interpretación y aplicación de las leyes por los órganos jurisdiccionales se adecúa a las exigencias del principio de legalidad penal». Considera que el órgano de garantías «no se extralimita al anular una resolución judicial por entender que la misma incurre en aplicación extensiva o analogía 'in malam partem' de un tipo penal pues, en tales casos la interpretación del jurisdiccional incurre en órgano vulneración del principio de legalidad penal proclamado en el artículo 25.1 de la Constitución, conclusión que, por lo demás, comparte el Supremo» en al menos dos sentencias citadas en el escrito.
El Ministerio Público discrepa de la Audiencia de Sevilla, que a través de una providencia dictada el pasado 18 de marzo, exponía distintos motivos para llevar ante la Justicia europea las resoluciones del TC que anularon parcialmente los delitos de prevaricación y malversación a los ex altos cargos autonómicos.
Presión de la Fiscalía General del Estado
Los fiscales Anticorrupción en Sevilla se manifestaron a favor de hacer una consulta ante el Tribunal de la UE en un informe enviado la pasada semana a la Fiscalía General del Estado, criterio que no se ha tenido en cuenta. La presión del fiscal general Álvaro García Ortiz para imponer su criterio, a través de una instrucción interna del año 2016, ha podido más que los deseos de los representantes del Ministerio Público que han participado en la instrucción y el juicio de la pieza política del caso ERE que condeno a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, y a los que ellos habían acusado.
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