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trama «gürtel»

Garzón defiende sus escuchas con las que practicaron jueces de otros casos mediáticos

El juez pone el «caso Marta del Castillo» como ejemplo de que él no prevaricó al grabar a los imputados de la «Gürtel», como Correa, con sus abogados en los locutorios de la prisión

Garzón defiende sus escuchas con las que practicaron jueces de otros casos mediáticos EFE

otr/press

Grabar las conversaciones de los inculpados en un caso con sus abogados es una práctica habitual. Ésta es la tesis que ha defendido el juez suspendido Baltasar Garzón para justificar las escuchas que impuso de las conversaciones de los investigados en el "caso Gürtel" con sus letrados. Como ejemplo de que no es una medida excepcional, ha expuesto el caso por la muerte de Marta del Castillo , en el que se grabaron las conversaciones de los imputados con sus abogados para intentar averiguar el paradero del cuerpo. La defensa de Garzón responde así al magistrado Alberto Jorge Barreiro , que le investiga por prevaricación, y que en un primer momento afirmó no conocer "ningún caso" de escuchas . Baltasar Garzón no es el único juez que ha ordenado grabar las conversaciones de los imputados con sus abogados. Los jueces instructores de algunos de los casos más mediáticos también lo han hecho. Así lo ha expuesto el juez suspendido para defender su acción en el caso, en el que ordenó intervenir las conversaciones de los imputados con sus abogados para evitar que escondieran el dinero con el que se habían hecho.

El juez Baltasar Garzón ha expuesto ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo tres casos de "eco mediático" en los que se dio el supuesto de escuchas a abogados en prisión, como son el "Palma Arena" (trama de corrupción relativa al pabellón deportivo del mismo nombre, en la que está implicado el ex presidente del Gobierno Balear, Jaume Matas), "Marta de Castillo" (sobre la desaparición de la joven sevillana) y 'Vioque' (contra el ex abogado y narcotraficante ya fallecido Pablo Vioque). A estos tres casos acude la defensa del juez suspendido para justificar las escuchas en un escrito de apelación presentado ante el juez. La defensa de

Garzón ha citado estos ejemplos en el escrito de apelación que ha presentado ante la Sala de lo Penal del Supremo contra la denegación de pruebas acordada por el magistrado Alberto Jorge Barreiro, que le investiga por prevaricación y delito contra los derechos constitucionales por intervenir conversaciones de los cabecillas de la "trama Gürtel" con sus abogados en prisión. En concreto, el magistrado Jorge rechazó la petición de Garzón para buscar en las bases de datos jurisprudenciales del Tribunal Supremo aquellos procesos en los que se pudiera haber acordado por un juez las escuchar mediante micrófonos en los locutorios penitenciarios las conversaciones de los imputados presos con sus letrados. "El que resuelve no conoce ningún caso, ni de referencias ni a través de las bases de datos. Y tampoco cita ninguno en sus escritos el recurrente, a pesar de ser una avezado instructor que ha investigado durante más de veinte años algunos de los casos penales más relevantes de este país, algunos de ellos de tanta o más enjundia que el que ahora nos ocupa", afirmaba Jorge Barreiro en su resolución.

Coincidencias indudables para la defensa

Ante estas afirmaciones del instructor, la defensa del Garzón en este caso, que ejerce el abogado Francisco Baena Bocanegra , señala que tiene constancia por los medios de comunicación "de algún supuesto de indudables coincidencias" con la fase del "caso Gürtel" que fue investigada por Garzón en la Audiencia Nacional, antes de que éste se inhibiera a favor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). "Baste recordar el eco mediático de las intervenciones llevadas a cabo en el denominado 'caso Vioque' en el que según parece, merced a las mismas se pudo alcanzar el conocimiento de un hecho de grave trascendencia -en referencia al intento de asesinato del entonces fiscal Antidroga Javier Zaragoza-, y más recientemente la prensa ha divulgado las intervenciones acordadas en el llamado "caso de Marta del Castillo" respecto de las comunicaciones de presuntos partícipes con sus abogados llevadas a cabo en locutorios de la prisión, al parecer con la finalidad de conocer el paradero del cadáver de la víctima". El letrado se refiere también en su escrito a las intervenciones de las comunicaciones de los imputados ordenadas en el conocido "caso Palma Arena", que afectaron a las celebradas con sus letrados. En ninguno de los tres casos señalados, según Baena, las decisiones de los jueces instructores han comportado para ellos "consecuencias tan graves como las que se pretenden ahora exigir" a Garzón. En su escrito, la defensa del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 subraya que, lejos de lo pretendido por el instructor Jorge, los sujetos destinatarios de las intervenciones a Francisco Correa y sus compinches "nunca" fueron los letrados. "Para la adopción de la medida sólo era necesario y bastaba que existieran indicios de que los presos pretendían continuar con su actividad delictiva, y los había".

La defensa de Correa señala que el juez no podía instalar micrófonos en los locutorios

Según la defensa, la medida se impuso exclusivamente a los presos, "quedando en todo caso salvaguardada y garantizada la actividad profesional de lo letrados de los interese de aquellos". Por lo tanto, el letrado pide a la Sala que de el visto bueno a las pruebas denegadas por Jorge e insiste en que, de no practicarse se estaría en presencia de "una efectiva y real privación del derecho de defensa". En el auto recurrido, Jorge Barreiro reiteraba que "cualquiera que fueren los indicios que tuviera contra los imputados (Garzón) no podía instalar micrófonos en los locutorios penitenciarios si los indicios no se extendían también a los letrados". Jorge reconocía también que las pruebas que pide Garzón están dirigidas a constatar que los imputados en la "trama Gürtel" se proponían poner a buen recaudo el dinero obtenido en sus presuntas acciones delictivas y evitar este hecho. Frente a ello, apuntó que cualesquiera que fueren los indicios contra Francisco Correa y sus compinches no se podían realizar las escuchas si las sospechas no afectaban a sus abogados. Esto quiere decir, según el instructor del alto tribunal, que aunque posteriormente se hallaran indicios contra los letrados que fueron escuchados "que desde luego no consta que así fuera", tampoco estos hallazgos legitimarían su conducta.

«Sin eficacia»

Entre las diligencias solicitadas estaba el testimonio del instructor del caso en el TSJM, Antonio Pedreira , que a juicio del instructor del caso no es necesario porque "no se aporta elemento alguno acreditativo de que la declaración de ese testigo llegara a alcanzar una eficacia que fuera determinante de la exclusión de antijuricidad indiciaria de la conducta del querellado". También confirma el magistrado Jorge que no ha lugar la declaración de los funcionarios policiales y jefes de la investigación de la "Gürtel", cuya labor dio origen a la incoación de diligencias contra los integrantes de la misma en la Audiencia Nacional hasta que en marzo de 2005 Garzón se inhibió en favor del TSJM. Igualmente, no se acepta que se cite en calidad de testigo al querellante inicial, Ignacio Peláez .

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