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La Fiscalía de Madrid deriva las denuncias contra Rubiales a la Audiencia Nacional

Considera que la agresión sexual denunciada sería de su competencia por haberse cometido en el extranjero

Encuesta: ¿Estás de acuerdo con las explicaciones de Rubiales y con su decisión de no dimitir?

Asamblea en directo. Rubiales no voy a dimitir

Luis Rubiales EFE

J. A. M. y Isabel Vega

La Fiscalía de Madrid ha derivado a la Audiencia Nacional las denuncias contra Luis Rubiales presentadas contra el presidente de la Federación de Fútbol por un presunto delito de agresión sexual por el beso no consentido a Jenni Hermoso en la final del Mundial femenino de Australia y Nueva Zelanda

La Fiscalía considera que los hechos denunciados «podrían ser, en su caso, constitutivos de un delito de agresión sexual» y que la competencia para investigar sería de la Audiencia Nacional por haber tenido lugar en el extranjero y ser el denunciado de nacionalidad española.

Según informaron en fuentes de la Audiencia Nacional, la Fiscalía de este órgano a mediodía de este viernes no había recibido aún las denuncias, que se centran en la ausencia de consentimiento de Hermoso y en el modo en que Rubiales le sujetó la cabeza para conseguir sus fines.

Cuatro denuncias en su contra

Una vez se recepcionen, se abrirá una fase de estudio en la que se analiza si los hechos pueden ser constitutivos de un delito y si la Audiencia Nacional es competente para entender de los mismos. A partir de ahí, la Fiscalía tomará una decisión, ya sea esta dar trámite abriendo una investigación o rechazando hacerlo.De momento, no hay ningún procedimiento abierto contra Rubiales por este asunto.

En total, en la Fiscalía General del Estado se han registrado cuatro denuncias en su contra por el beso no consentido a la futbolista de la selección. Son las mismas que han llegado a la Fiscalía de Madrid y, al igual que han hecho allí los fiscales, acabarán en la Audiencia Nacional, que es la que se encarga de los delitos cometidos por y sobre españoles en otros países.

Aunque el Código Penal recoge en su artículo 191 que en los casos de agresión sexual la Fiscalía puede presentar querella de oficio, ha de hacerlo «ponderando» las circunstancias. La práctica es que siendo una mujer adulta y en condiciones que no se consideren vulnerables, no se obre sin que exista una denuncia presentada por ella misma.

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