Primera condena al asesino de gais de Bilbao: siete años de cárcel por tentativa de homicidio
Hay, al menos, cinco causas más abiertas contra él en los juzgados
Arranca en Bilbao el primer juicio contra el asesino de gais
Nelson David M.B. abandona esposado su domicilio tras un registro realizado por la ertzaintza
Un mes ha tardado la Audiencia de Vizcaya en pronunciarse acerca del juicio más mediático del último año. Los jueces consideran a Nelson David M.B. es culpable de un homicidio en grado de tentativa y le han condenado a siete años de cárcel. Además, fija una indemnización de 10.8000 euros para la víctima por las lesiones, secuelas y daños morales causados.
El tribunal rechaza, por tanto, la versión «exculpatoria» que expuso el acusado desde el banquillo y da plena credibilidad al relato de la víctima. Asegura que su relato, que se produjo a puerta cerrada» fue claro, «sin ambigüedades», ni «contradicciones». Explican que su relato resultó «más lógico y coherente» frente a la «versión exculpatoria» de Nelson David M.B. «escasamente verosímil». La sentencia también añade que el relato de la víctima está avalado por «abundantes pruebas objetivas» que lo dotan de «consistencia y veracidad».
Por todo ello, considera probado que el acusado contactó con la víctima a través de una aplicación de contactos y que tuvieron una primera cita el 15 de diciembre de 2021. Dos días después, el 17 de diciembre, volvieron a encontrarse, esta vez en casa de la víctima, y mientras estaban en el sofá, el ahora condenado «trató de asfixiarle en dos ocasiones», «de forma inesperada» y «guiado por el ánimo de acabar con su vida».
A pesar de ello, la víctima relató que logró zafarse, llegar hasta la puerta de entrada y pedir ayuda, pero el acusado le alcanzó y le golpeó de forma «reiterada» con una figura decorativa. Después, según el relato que recoge la sentencia, abandonó el lugar. En su huida olvidó en la vivienda una mochila y un abrigo con documentación.
Sin alevosía, ni odio
La Audiencia no aprecia que exista alevosía que permita calificar lo ocurrido de asesinato. Sin embargo, si señala que Nelson David M.B. presentaba en el momento de los hechos un «trastorno antisocial de la personalidad asociada a un consumo de tóxicos con relevancia para afectar siquiera de modo leve a sus facultades volitivas». Rechaza, además, el agravante de discriminación por orientación o identidad sexual que había solicitado la acusación popular.
Por todo ello, le condena siete años de prisión. Establece, además, la prohibición de que el procesado se acerque durante ocho años y medio a menos de 500 metros de la víctima.
La que se ha conocido este jueves es solo la resolución de la primera causa que se instruye contra Nelson David M.B. En el transcurso del juicio uno de los ertzainas que declaró dio a conocer que se relaciona al ahora condenado con hasta siete homicidios, dos de ellas en grados de tentativas. En todos ellos habría contactado con las víctimas a través de una aplicación de contacto para el colectivo homosexual y habría robado sus tarjetas bancarias para después realizar sustracciones no autorizadas con ellas. A pesar de ello, el tribunal explica en su sentencia que para el caso ahora juzgado no se han tenido en cuenta esas investigaciones policiales ya que, hasta el momento, no consta una resolución definitiva y firme en ninguna de ellas.
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