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Condenan al líder de la Marea Blanca de Cádiz por coacciones leves a la directora del Distrito Sanitario de la Janda

Antonio Vergara irrumpió durante un encuentro con asociaciones cívicas para exigir a Sira Morales una reunión de manera intimidatoria

Las Mareas Blancas por la sanidad, un brazo político de la izquierda en Andalucía

Antonio Vergara y Sira Morales ABC
Fran Piñero

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El Juzgado de Instrucción número 4 de Cádiz ha condenado al portavoz de la Marea Blanca provincial, Antonio Vergara de Campos, por un delito de coacciones leves circunscrito a un episodio de agresividad dirigido hacia la directora del Distrito Sanitario de la Janda, Sira María Morales Zumel.

Los hechos se produjeron el 21 de junio de 2024, mientras se estaba llevando a cabo un encuentro con asociaciones cívicas en la gaditana Casa del Mar.

El tribunal considera probado que Vergara irrumpió sobre las 12.10 horas, con la reunión ya empezada, y que se dirigió a Morales «alzando la voz y con una actitud corporal enérgica».

Entre sus palabras, en las que aseguraba que «esto no es participación ciudadana, esto no vale para nada, todo lo que les van a contar es mentira», el portavoz de la Marea Blanca de Cádiz espetó a la directora «No tiene miedo con lo que puede pasar con su gestión, pues debería tener miedo».

El trasfondo no era otro que conseguir que Sira Morales les recibiera para abordar el asunto de la apertura de los centros de salud durante los meses de verano. Para ello, aseveró, insistieron varias semanas. De hecho, el propio denunciado reconoció «que las formas no fueron las correctas» y que fue el causante de una «descalificación enérgica».

Por su parte, la denunciante aseguró haberse quedado bloqueada y asustada durante aquel acto y que se sintió incapaz de continuar con lo que estaba exponiendo. La tensión del momento se acrecentó con la firme convicción de Antonio Vergara de no abandonar la sala hasta que no le diera cita para reunirse.

«No nos ha hecho caso cuando nos ha visto en la puerta, nos ha evitado», añadió. La no invitación se debió a que el encuentro era para asociaciones, y la Marea Blanca no tiene esa consideración. La directora de Cuidados de Enfemería, también presente, agendó una reunión a futuro con los integrantes del movimiento reivindicativo, lo que motivó finalmente la marcha de Vergara.

Con todo, y contrastados los hechos con las declaraciones de tres testigos, el Juzgado ha condenado a Antonio Vergara a tres meses de multa con cuota diaria de 10 euros por la infracción cometida.

Asimismo, la sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, advierte de que «en caso de incumplimiento voluntario por vía de apremio de la pena de la multa impuesta, el condenado queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa diaria no satisfechas». Al tratarse de un delito leve, «podrá cumplirse mediante la localización permanente».

El tribunal especifica que cabía interponer recurso de apelación en los cinco días posteriores a la notificación. La sentencia es del pasado viernes 21 de marzo, un día después de la celebración de la vista oral y pública. La acusación incluso pedía que se le imputase un delito leve de amenazas y que se le prohibiese el acercamiento y la comunicación con la demandante durante seis meses.

No hay duda de que el delito es leve, pero no por ello carente de reproche penal. El propio texto jurídico indica que los fines tras la airada petición pueden ser buenos, pero ello no legitima los actos, máxime cuando estos rigen «empleo de la violencia, entendida esta como fuerza física o intimidatoria» y suponen «una limitación de la libertad de otra persona». De ahí que, finalmente, aplicase la pena recogida en el artículo 172.3 del Código Penal.

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