Los mutualistas deberán demostrar su vulnerabilidad económica para pasar a la Seguridad Social
El Ministerio analiza las posibles pruebas de renta para el traslado al sistema público y elevará una propuesta en las próximas semanas
La Mutualidad tendrá hasta que se jubilen el ahorro de los abogados que pasen al RETA
La Seguridad Social obligará a los mutualistas a inscribirse en el RETA a partir de 2027

Seguridad Social ultima una propuesta sobre la denominada como pasarela al RETA que se pondrá a disposición de los cerca de 70.000 mutualistas de la abogacía y procuradores aquejados por la previsión del cobro de una pensión de jubilación exigua como producto de las aportaciones realizadas a los colegios profesionales de forma alternativa al sistema público. En esencia, esta medida consiste en articular una fórmula para que estos trabajadores por cuenta propia puedan trasladar a la Seguridad Social el capital aportado a su mutualidad y terminar así su carrera de cotización bajo el sistema de aportaciones al régimen de autónomos, que les provea una jubilación en similares condiciones a la de los más de tres millones de trabajadores que componen este colectivo. Una de las cuestiones a determinar sobre este canal que se prevé habilitar en los próximos meses es qué personas podrán acceder y trasladar ese capital ya que no todos se encuentran afectados por esta previsión de una jubilación con prestaciones sustancialmente más bajas que la media del sistema y también por debajo de la pensión que perciben los cotizantes al RETA.
El Ministerio de Seguridad Social ya estableció antes del parón veraniego las bases sobre las que se articulará la propuesta que el secretario de Estado, Borja Suárez, ha anunciado ya para las próximas semanas. Y uno de los aspectos reseñados desde el organismo es que esta pasarela se habilitará para aquellos mutualistas que se encontraran en modelo de aportación alternativa -han aportado a la antigua Mutualidad de la Abogacía o a la Mutualidad de Procuradores en lugar de a la Seguridad Social- y de forma previa al año 2005, momento en el que se pasó de un modelo de capitalización colectivo a uno individual. Cabe recordar que esta previsión de pensión la determina el nivel de aportaciones realizadas durante la carrera profesional, y bajo este modelo paralelo de las mutualidades los trabajadores podían cotizar por el 80% de la base mínima estipulada para el régimen de autónomos de la Seguridad Social -lo que ha dejado un amplio margen de gestión de los ingresos mensuales obtenidos-.
La mesa de diálogo social de Seguridad Social que ha dirimido el reciente acuerdo la compatibilidad del trabajo y pensión ha tratado también las condiciones en las que se va a permitir a estos mutualistas en situación de vulnerabilidad económica trasladar al sistema público el capital aportado. Y uno de los aspectos que más discrepancia está generando entre los negociadores es la concreción del concepto de vulnerabilidad, que sería el baremo que dirimirá el perfil de los mutualistas en condiciones de beneficiarse de la pasarela al RETA.
Es aquí donde fuentes presentes en las conversaciones sobre esta materia detallan a ABC que Seguridad Social estudia distintos baremos o pruebas de renta que demostrarían esa situación de vulnerabilidad y darían cabida al traslado al sistema público en unas condiciones económicas que también deberá detallar la propuesta del Gobierno en términos de equivalencia del capital aportado a la mutualidad en años de cotización al RETA.
son los que cuentan con proyecciones de pensiones de jubilación de entre 500 y 800 euros en base a sus aportaciones a las mutualidades
Las fuentes consultadas señalan que hasta tres planteamientos se han deslizado en la mesa de negociación. El primero sería realizar una prueba de renta en base a los requisitos que permiten el cobro del ingreso mínimo vital (IMV) -para un único adulto se estipula en unos ingresos inferiores a 604 euros mensual y un patrimonio no superior a los 20.353 euros-. Otras dos vías que también se habrían analizado sería los requisitos que se establecen para recibir el complemento a mínimos de la pensión de jubilación -se concede para ingresos anuales por debajo de los 8.942 euros- o establecer una regla en función de la distancia de la pensión estimada respecto a la prestación media del sistema público.
En cualquier caso, esta prueba de vulnerabilidad económica tiene como premisa dar un acceso a la pasarela bajo este acuerdo concreto para un número reducido de abogados y procuradores en condiciones de real necesidad. Ya que esas aportaciones exiguas realizadas a las mutualidades y colegios profesionales durante su vida profesional han proferido igualmente una mayor capacidad de ahorro y de acumulación de patrimonio de la que hubieran tenido de aportar al sistema público.
Por ejemplo, la actual Mutualidad -de donde provienen la mayoría de los afectados, unos 60.000 abogados- ya cuenta con un sistema de solidaridad interno que provee un complemento de ingresos hasta alcanzar una renta mensual de 785 euros para los casos en los que exista esa vulnerabilidad y si el afectado está casado o con pareja de hecho -o hasta 604 euros si está soltero-. En este caso, la ayuda también está condicionada a un patrimonio inferior a 50.000 euros sin contar la vivienda habitual. No en vano, desde la entidad advierten de que en el primer año de vida de este sistema solidario el volumen de personas que lo ha percibido por estar en las condiciones requeridas tras haberlo solicitado es testimonial.
Regulación previa a 1995
Hasta 1995, los abogados y procuradores debían colegiarse para poder ejercer teniendo que aportar a las mutualidades. Desde entonces es decisión de los trabajadores aportar al sistema público, al sistema privado o hacerlo a los dos de forman complementaria.
Prestaciones exiguas
El sistema de capitalización individual al que han aportado los mutualistas alternativos provee una pensión de jubilación en función del nivel de aportación realizado. Este sistema ha posibilitado aportar un 80% de la base mínima fijada para el sistema público, el RETA.
Justificación económica
El Gobierno planea habilitar la pasarela al RETA para los mutualistas alternativos que antes de 2005 -cuando se pasó de un sistema de capitalización colectivo a individual (es decir, el paso a una bolsa nominal de dinero aportado)- hubieran cotizado cuantías que proyecten una pensión exigua y estén en condiciones de vulnerabilidad económica.
Obligatoriedad en 2027
Se pretende que desde 2027 sea obligatoria para todos los autónomos la cotización al sistema público.
Tal y como desveló ABC, de los 60.000 abogados afectados unos 2.500 estarían en la situación más agravada con un horizonte de pensión de 500 euros mensuales; otros 15.000 colegiados tendrían una proyección de jubilación de entre 500 y 700 euros y unos 30.000 autónomos mutualistas rondarían los 800 euros mensuales.
El tercer aspecto que prevé regular la Seguridad Social con esta medida, tal y como ha señalado en público la ministra Elma Saiz, es la obligatoriedad de que a partir de 2027 todos los trabajadores por cuenta propia coticen al RETA con la única excepción de aquellos que se encuentren en pluriactividad. Ya que antes de 1995 era obligatorio colegiarse para poder ejercer como abogado, siendo desde entonces una decisión voluntaria del trabajador.
En este sentido, añade el vicesecretario General de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, en declaraciones para este medio, que la situación sobrevenida de estas decenas de miles de mutualistas al borde de la jubilación con previsión de pensiones exiguas o aquellos que ya están retirados y también cuentan con prestaciones sustancialmente más bajas que las que abona la Seguridad Social es precisamente «una prueba de que el sistema público es robusto, solidario y funciona». Más aún, explica, cuando se está viendo cuando los cotizantes al modelo privado de capitalización acuden ahora al auxilio del sistema público.
En este punto, señala la necesidad de dar cobertura asistencial y protección a aquellas situaciones de vulnerabilidad económica bajo la premisa de un estado social, que ya provee de pensiones mínimas y no contributivas a los ciudadanos en los casos de necesidad.
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