deducción de 340 euros
Un error de PSOE y Sumar expone a quienes cobran el SMI a tener que pagar hasta 180 euros en el IRPF
El Registro de Asesores Fiscales detecta que solo se ha regulado su aplicación sobre la cuota estatal, omitiendo la carga asociada a la cuota autonómica
El salario mínimo pagará el IRPF y se le devolverá en la declaración de la renta del año que viene
El arreglo acordado tras semanas de enfrentamiento por el área socialista del Gobierno y el flanco de Sumar para evitar que los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tengan que pagar IRPF por sus rendimientos de este año 2025 tiene una enorme vía de ... agua que puede acabar cargándoles una factura fiscal de hasta 180 euros si no se corrige antes de su aprobación definitiva. El patinazo regulatorio lo ha detectado el Registro de Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas, que ha puesto de manifiesto que la solución normativa acordada, una deducción transitoria (solo para el año 2025) de 340 euros para los contribuyentes que declaran rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 16.576 euros, solo se ha regulado para la cuota líquida estatal y no para la cuota líquida autonómica que viene a suponer más o menos la mitad de la carga por el Impuesto sobre la Renta (IRPF).
«Estamos convencidos de que lo resolverán porque parece más una omisión que una opción regulatoria«, ha señalado este miércoles el secretario técnico del Reaf, Rubén Gimeno. Margen hay para ello porque los socios de gobierno han optado por tramitar este arreglo a través de una enmienda al proyecto de ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que se presentó allá por mayo del año pasado, que esperaba desde hace meses que se abriera el canal de su tramitación parlamentaria y que parece suscitar el suficiente poco interés como para que no comprometa el éxito de esta iniciativa parlamentaria.
La enmienda en cuestión aspira a crear una nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo de 340 euros para contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 16.576 euros, la nueva cuantía del salario mínimo anual tras la última subida del Gobierno; y prevé un ajuste sobre las rentas inmediatamente superiores a ese umbral para suavizar los errores de salto propios de la actual estructura del IRPF que hacen que una pequeña subida salarial esté sometida a una carga fiscal cercana al 50%.
El problema es que la norma redactada por PSOE y Sumar solo prevé la adaptación de esta modificación regulatoria al artículo de la ley del IRPF que regula la cuota líquida estatal, pero al que regula la cuota líquida autonómica, lo que deja fuera del radio de acción de la deducción el 50% del resultado final del impuesto. Si se mantuviera sin cambios esta redacción, un ejercicio realizado por el Registro de Asesores Fiscales concluye que en lugar de una cuota cero los perceptores del salario mínimo se verían sometidos por sus rendimientos de 2025 a una carga fiscal de entre 110,89 euros (Comunidad Valenciana) y 178,72 euros (Principado de Asturias), desactivando de forma parcial el arreglo fiscal ideado para dejarles sin tributar.
De corregirse esta laguna regulatoria, retocando también el artículo 77 de la ley del IRPF, que regula la cuota líquida autonómica, la aplicación de la deducción introducida en la enmienda se traduciría en una devolución fiscal general de 300,03 euros en la declaración de la renta del año que viene que compensaría las retenciones soportadas a lo largo de este año. Según el ejercicio realizado por el Registro de Asesores Fiscales, el único territorio en el que no ocurriría tal cosa sería en el Principio de Asturias, que tiene un tipo mínimo del 10% lo que haría que los perceptores del SMI residentes en el territorio tuvieran una devolución menor, de 291,31 euros, lo que les dejaría una carga fiscal de apenas diez euros por la aplicación del IRPF.
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